Absueltos los creadores de Series Yonkis por delito de piratería

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Después de varios meses de juicio, los fundadores y administradores de las webs Series Yonkis y Películas Yonkis han sido absueltos de un delito contra la propiedad intelectual. Así lo dicta la sentencia del juzgado de lo Penal número 4 de Murcia.

En el procedimiento judicial se acusaba a Alberto García, David Martínez, Jordi Tamao y Alex Hoepfner, cofundadores y administradores de las webs entre 2008 y 2014, de un delito de piratería.

Este viernes, la titular del juzgado de lo Penal número 4 de Murcia, Isabel María Carrillo Sáez, notificó la sentencia donde se absuelve a los acusados de un delito contra la propiedad intelectual declarándolos inocentes a los cuatro.

“Por principio de legalidad, no se puede condenar a alguien cuando esa conducta no está debidamente penalizada en el momento de los hechos”, manifestó un abogado de la defensa. Añadió además que “La facilitación activa no autorizada de hipervínculos o enlaces a obras protegidas por derecho de propiedad intelectual no era delito en la fecha de los hechos”.

La razón de la absolución

Una de las claves alegadas en este procedimiento es que hasta el 1 de julio de 2015, la facilitación de enlaces piratas creados por terceras personas no estaba tipificado como delito penal. La web se creó en 2007 y “se dedicaba únicamente a referenciar enlaces de Internet”, alega Antonio Valibrea, abogado de la defensa.

Además, en relación a los ingresos obtenidos, la sentencia recoge que no consta que ninguno de los cuatro acusados hubiera obtenido beneficios directos derivados del número de descargas del material audiovisual protegido ya que dichos ingresos eran “beneficios indirectos derivados de la publicidad aparecida en las páginas webs en forma de ventana emergente o banners”.

Por su parte, Egeda, la entidad de Gestión de Derechos de Autor de la Industria Audiovisual, alega que recurrirá la sentencia de Series Yonkis considerando que los enlaces son actos de comunicación pública desde el 2001 además de demandar la cantidad de 546 millones de euros por perjuicio y otros dos años más de cárcel.

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