David Suarez ¿Delito de odio o libertad de expresión?

Comparte ese artículo
El tweet del humorista David Suarez ha levantado ampollas y es que la línea que separa libertad de expresión del delito de odio en ocasiones es demasiado fina.

Según la definición, delito de odio, recogido en el artículo 510 del Código Penal, es cualquier infracción penal, incluyendo infracciones contra las personas o las propiedades, donde la víctima, el local o el objetivo de la infracción se elija por su, real o percibida, conexión, simpatía, filiación, apoyo o pertenencia a un grupo.

Un grupo debe estar basado en una característica común de sus miembros,  como su raza real o perceptiva, el origen nacional o étnico, el lenguaje, el color, la religión, el sexo, la  edad, la discapacidad intelectual o física, la orientación sexual u otro factor similar.

¿Y cuál es la pena para este delito?

El delito de odio castiga las anteriores conductas con la PENA DE PRISIÓN DE UNO A CUATRO AÑOS y además con la PENA DE MULTA de 6 a 12 MESES.

Estas penas se impondrán en su mitad superior cuando los hechos se hubieran llevado a cabo a través de un medio de comunicación social, por medio de internet o mediante el uso de tecnologías de la información, de modo que, aquel se hiciera accesible a un elevado número de personas.

La libertad de expresión tiene límites.

Tiene límites legales, como puede ser la calumnia, que no es otra cosa que acusar o imputar falsamente a alguien con la intención de causarle daño o perjuicio.

También tiene límites éticos, si bien este límite es bastante ambiguo. Límites que no todos respetan como es el caso.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

error: Contenido protegido por derechos de autor c) 2021 h50. Está expresamente prohibida la redistribución y la redifusión de este contenido sin su previo y expreso consentimiento.