Espionaje industrial: El FBI detiene a un ingeniero de Apple

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Un ingeniero de Apple ha sido detenido por el FBI por supuesto robo de información. El empleado fotografió documentos en relación al automóvil en el que trabaja la compañía de California.

Al parecer, el arrestado habría robado datos secretos para entregarlos en China. Este es el segundo caso de espionaje industrial que sufre la compañía desde mediado de 2018.

Según el diario South China Morning Post, Jizhong Chen se habría apropiado de información confidencial de la compañía estadounidense. El detenido habría sido descubierto in fraganti en un área de alta seguridad de Apple fotografiando documentación restringida.

Proyecto Titan

Chen declaró ante los agentes que almacenó más de 2 mil archivos en un disco duro de su propiedad. Todo la información está relacionada con el rumoreado vehículo con funciones autónomas que supuestamente pretende sacar Apple al mercado.

La compañía que dirige Tim Cook inició el proyecto Titan en 2015 con la intención de poner en macha avances tecnológicos que harían posible la fabricación de un vehículo propio.

En ambos casos de espionaje los detenidos son de origen chino y probablemente su intención fuese entregar dicha información a una startup asiática.

Legislación española referente al espionaje industrial

El Código penal recoge en sus artículos 278 y siguientes la figura del delito de espionaje industrial, como el hecho de “apoderarse por cualquier medio de datos, documentos escritos o electrónicos, soportes informáticos u otros objetos” referidos a un secreto de empresa para descubrirlo (art. 278.1); y su “difusión, revelación o cesión a terceros de los secretos descubiertos” (art. 278.2).

Por su parte, el art. 279 del Código penal contempla una modalidad especial del subtipo 278.2, que consiste en castigar la “difusión, revelación o cesión del secreto de empresa cuando es realizada por quien legal o contractualmente tiene obligación de guardar reserva“. El empleado de una empresa puede tener una posesión  legítima del secreto empresarial, de manera que no existe la conducta de apoderamiento castigada anteriormente; por ello, se recoge en el Código penal el supuesto de una posible difusión o cesión a terceros.

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