¿Está prohibido el uso de sprays de defensa personal?

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Se trata de una pregunta muy concurrente, sobretodo entre mujeres que se sienten inseguras cuando van solas por la calle. Temen ser asaltadas y no poder defenderse. Así que nos preguntamos:  ¿Está prohibido el uso de sprays de defensa personal?

Los sprays de defensa personal están permitidos en España, siempre que estén debidamente homologados por la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos (CIPAE) y autorizados por el Ministerio de Sanidad y Consumo.

Se considerará infracción administrativa toda forma de compraventa, tenencia y uso, salvo por funcionarios especialmente habilitados, de «sprays» de defensa personal que no cuenten con la aprobación previa del Ministerio de Sanidad y Consumo.

Su uso está restringido a causas excepcionales de inminente peligro como: violación inmitente, amenaza real y directa contra la integridad física o el ataque de un animal. Un uso irresponsable e injustificado podría acarrear consecuencias penales.

Legislación

Son considerados sprays de defensa personal todas aquellas armas que despidan gases o aerosoles, así como cualquier dispositivo que comprenda mecanismos capaces de proyectar sustancialmente estupefacientes, tóxicas o corrosivas, según el artículo 5.1 b) del Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993, de 29 de enero).

Spray pimienta

Los  sprays de defensa encuentra su regulación en la Orden de 3 de octubre de 1994 del Ministerio de la Presidencia. 

A tenor de esta Orden, su venta sólo está permitida a mayores de 18 años, en armerías autorizadas sujetas a las inspecciones correspondientes. La mayoría de edad estará suficientemente acreditada mediante la presentación del documento nacional de identidad, pasaporte, autorización o tarjeta de residencia.

Queda expresamente prohibida su venta a través de catálogos o cualquier medio a distancia. Sin embargo, son muchos los portales de internet que ofertan estos productos sin ningún tipo de control.

Incluso es fácil encontrar sprays modificados, y por tanto prohibidos según el Reglamento de Armas: “… así como cualquier dispositivo que comprenda mecanismos capaces de proyectar sustancialmente estupefacientes, tóxicas o corrosivas”.

Spray modificado/ H50
Spray modificado/ H50

¿Qué spray son legales?

Antiguamente solo existían 3 marcas homologadas de aerosoles de pimienta:  Skram, Seinen, Fitodefensa o Nidec. Ahora la lista es más amplia. Se las mostramos a continuación.

Lista de sprays homologados

Una forma eficaz de identificar un spray homologado es comprobar en el propio recipiente el número de registro de homologación por el Ministerio de Sanidad y Consumo.

Las indicaciones exigidas en el etiquetado del producto así como la información adicional deberán figurar al menos en la lengua española oficial del Estado. Asimismo, se indicará la fecha de caducidad y el lote de fabricación del producto.

Cualquiera de los sprays reflejados en la lista podrá ser portado, exhibido y/o usado  por cualquier ciudadano mayor de edad, siempre que no pese sobre éste una prohibición expresa y no se comprometa la seguridad ciudadana, a tenor de las circunstancias concurrentes.

Discrecionalidad de los agentes de la autoridad

Así que debemos tener presente que, a pesar de tratarse una arma legal, si los agentes de la autoridad consideran que su posesión puede comprometer la seguridad pública, gozan de poder discrecional para intervenir  el spray como medida preventiva y proponer para sanción a su poseedor.

No lo decimos nosotros, lo hace el Reglamento de Armas en su artículo 146: “Queda a criterio del las Autoridades y sus Agentes apreciar si el portador de las armas tiene o no necesidad de llevarlas consigo, según la ocasión, momento y circunstancias…”.

Fuente FB PolicíaCNP

Según el artículo 36.10 de la Ley de Seguridad Ciudadana: “Portar, exhibir o usar armas prohibidas, así como portar, exhibir o usar armas de modo negligente, temerario o intimidatorio, o fuera de los lugares habilitados para su uso, aún cuando en este último caso se tuviera licencia, siempre que dichas conductas no constituyan infracción penal.

Las sanciones oscilan entre los 600€ y los 30.000€, así que si vamos a lugares de ocio, espectáculos públicos y zonas en general de mucha afluencia de personas lo más prudente será dejar el spray de autodefensa en casa.

De la misma forma, si vamos a ingerir alcohol, también lo más adecuado será no llevarlo.  El artículo 147.2  del Reglamento prohíbe:  “portar, exhibir o usar las armas (un spray lo es) bajo los efectos de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas. “

El Reglamento de Armas habla “bajo los efectos de..” sin precisarse ninguna tasa mínima de alcohol o drogas. Cualquier positivo, por mínimo que fuera, no legitimaría el porte, la exhibición y, ni mucho menos, el uso de estas armas gaseosas.

En cualquier caso, la tenencia ilícita de un spray nunca será considerado tenencia ilícita de armas según la STS 9/2/2001, siendo, en todo caso, considerado una sanción administrativa que como hemos visto, registra sanciones económicas muy severas. Si no se cumple con los requisitos expuestos en este artículo lo más sensato es no portar un spray de defensa.

Sprays como arma de dotación para las FFCCSE y VS

En los últimos años la Dirección General de la Policía ha accedido a las presiones ejercidas,  repartiendo de manera progresiva un spray de pimienta entre sus miembros como complemento a su material de dotación reglamentario. De esta forma se está cumpliendo una vieja reclamación policial aunque a un ritmo muy parsimonioso.

Policía usando sprays

Eso sí, la DGP no tiene intención de impartir cursos de especialización para su debido empleo y remite a los agentes a leer las instrucciones de uso inscritas en el propio bote.

Los policías sólo podrán utilizar, en el desarrollo de sus funciones, los sprays entregados por el propio Cuerpo como material personal de dotación.

En cuanto a su uso por vigilantes de seguridad privada, está prohibido salvo autorización expresa

De acuerdo con lo establecido por el Ministerio del Interior, la sustitución de la defensa por otro medio defensivo deben solicitarla las empresas y no los vigilantes que, además, no pueden dotarse de otros medios de defensa distintos de los proporcionados por la empresa para el desempeño de los servicios que tengan asignados.

¿Qué efectos provoca el spray de pimienta?

Cuando un atacante es rociado con gas pimiento los efectos inmediatos serán:  sensación de extrema quemadura en los ojos, lagrimación abundante, cierre involuntario de los ojos, irritación en las mucosas nasales, tos y opresión en el pecho.

En teoría, los efectos duran 20 minutos, durante los cuales la víctima queda incapacitada para ejercer ninguna acción controlada.

Por otro lado, otro efecto que puede provocar algunos spray gas pimienta es que tinten la piel del agresor pudiendo ser detectado por luz ultravioleta, incluso tras varios días de la exposición al gas, ofreciendo mayores garantías para la identificación y detención del asaltante.

8 comentarios en “¿Está prohibido el uso de sprays de defensa personal?

  1. Todo objeto puedes usado como arma hasta una inofensiva bicicleta, cuando quien la utiliza es un irresponsable….

    1. Hola buenas tardes,verán soy vigilante de seguridad y por la peligrosidad de mi trabajo ya que he echo muchas discotecas y salas de fiesta,cuando estoy de servicio nunca llevo encima un expray autodefensa ya que se que está prohibido,pero cuando voy de paisano lo suelo llevar siempre por las amenazas recibidas por ejemplo: me he quedado con tu cara segurata de mierda ya te pillaremos cuando salgas, y como esas amenazas cientos de ellas,gracias a Dios todavía no me ha pasado nada,pero un día estoy en un parque fumando me un cigarrillo y tomándome un refresco y me aparece Ia furgoneta de la policía Nacional de Fuengirola,me hacen sacar todo lo que llevo en los bolsillos,me regristan el bolso sacan mi cartera y ven que soy vigilante,en el bolso siempre llevo mi expray de defensa por las amenazas,el espray lo compré en una armería y además homologado,y el único de los seis policías que hablaban(los demás no decías ni
      mu ) me dice que me lo requisita por no estar homologado cosa que no es cierta,no me hace ningún acta de lo que se me interviene,y eso se me hace bastante raro,ni denuncia ni nada,y la preguntá es,ese policía actuó según la ley? Es legal lo que me hizo?muchas gracias espero sus respuestas para otra vez estar preparado,sobre estas actuaciones de la policía (que no todos son iguales y poder defender mis derechos,muchas gracias compañeros,buen servicio y suerte para los que trabajen,un saludo a las personas de buen corazón.

      1. SIEMPRE QUE UN POLICÍA REQUISA ALGO SEA LO QUE SEA HACE UN ACTA.
        SI NO LO HACE NO ESTÁ CUMPIENDO LA LEY…!!!

  2. Hace 3 meses la policía le para a mi hermano y en el coche le encuentra un spray de pimienta caducado desde hace tiempo(era mio que soy su hermana, lo he comprado de Andorra por si salgo algún día de noche y me cruzo con algún imbécil porque hay muchos libres pero la policía no se encarga del todo esto, es mas fácil multar a los inocentes). Mi hermano no sabia que estaba en el coche.Le explica que no sabia de su existencia, los grandes señores que de mi punto de vista se aprovechan de su uniforme y autoridad le dice q esta prohibido coge el spray y se van sin decir nada. Asta aquí bien pq mi hermano incluso le ha dicho q lo tira q no usa estas cosas. Después de 3 meses nos llega una multa de 800 eur. Esto es normal?
    Sin decirle nada, una explicación o algo ?
    A quien tengo que dirigirme para que me de una solución pq es injusto. A los ladrones los dejan libres y con cartera robada. Como es posible señores cuando un sueldo es de 1000 euros?

    1. 1. La Ley prohíbe la mera tenencia, no la propiedad del spray no homologado.
      2. Efectivamente, se trata de un spray no homologado, es decir, cuyo contenido se desconoce así como, en consecuencia, también sus efectos.
      3. Respecto la sanción administrativa, es conforme a Derecho. Tan es así que habéis tenido suerte, he visto casos en que la propia Fiscalía acusa de oficio y pide pena de prisión por tenencia ilícita de armas (si bien es cierto que en ningún caso que yo haya visto ha acabado prosperando, pero el procedimiento se lo han comido con lo que ello implica).
      4. No existe ningún organismo que pueda ofrecer ninguna solución, dado que se trata de una sanción con arreglo al Reg. Armas y la Ley se Seguridad ciudadana. Honestamente y después de cosas que he visto, me quedaría bastante conforme. La conducta es claramente ilegal y conlleva la correspondiente sanción.

      Salvo mejor criterio

    1. Un spray es para defenderte, y los ataques suelen ser a las salidas de lugares de hocio..se protege mucho al ladrón de diario, al violador, alos carteristas que llevan dos generaciones robando en la misma línea del metro de Madrid..No puedo llevar una navaja (menos de 11cm son legales) No un spray que no son lesivos (para eso es su omologacion)..uno no sabe cuando puede ser atacado.. Y creo en la defensa personal, de la familia, de la casa, y de la nación.. Yo ando con navaja de 9cm toda la vida, y una vez me asaltaron y sirvió para que los dos ladrones se lo pensarán y huyeran.. No entiendo el miedo del gobierno a la claridad del derecho indiscutible y natural de la defensa personal…con todo el derecho, por naturaleza y con toda la legaludad(debería)

  3. Son muy efectivos si el agresor nunca ha recibido una rociada, salvo si el que la recibe está acostumbrado a ella. Entonces no lo es.

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