La Guardia Civil condenada por no respetar las horas de descanso de sus agentes

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La Guardia Civil continúa acumulando condenas en contra por incumplir los derechos laborales de sus agentes y no respetar convenientemente las horas de descanso legalmente establecidas.

La falta de sensibilidad del Instituto Armado en esta materia no es ninguna novedad. Ya nos estamos acostumbrando a que sus subordinados, hartos de ver como atropellan sus derechos, acuden a los tribunales de justicia.

Este es el caso del guardia civil de la Compañía de Casetas que acudió a lo tribunales para que se respetara el descanso de once horas legalmente establecido en entre un servicio y otro.

Ni el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 5 de Zaragoza, en primera instancia, ni el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA), admitieron el recurrido cajón de sastre de las “necesidades del servicio” como excusa para vulnerar la normativa laboral a su antojo.

“Tratar de justificarlo con un cuadrante en blanco, sin tener en cuenta más circunstancias ni periodos temporales más amplios, no es suficiente para acreditar que eran las necesidades del servicio las que determinaban el no disfrute del periodo de descanso de once horas”, refleja la citada sentencia.

Una sentencia que ya es firme y contra ella no cabe recurso, al  caducar el plazo de un hipotético recurso al Supremo.

La Asociación Unificada de la Guardia Civil (AUGC) se ha mostrado satisfecha en declaraciones al Periódico de Aragón y lamenta que “la Guardia Civil está acostumbrada a realizar interpretaciones de las normas internas”. “Se da la paradoja, que esos mismo guardias civiles a los que no se les respeta su descanso diario y tienen que realizar 16 horas de servicio en un periodo de 24 horas, son los que tienen que denunciar a los transportistas que no cumplen con el tiempo de descanso que marca la normativa en transportes de mercancías”.

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