Un guardia civil debe ingresar en prisión por una pelea con un compañero hace 8 años

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Un guardia civil ingresará en la prisión militar de Alcalá de Henares en un plazo de 15 días por una pelea con un compañero hace 8 años, cuando ambos se encontraba fuera de servicio, en aplicación del Código Penal Militar.

En palabras de la Asociación Unida de Guardias Civiles (AUGC), la medida es “arbitraria e injusta”. La aplicación del Código Penal Militar a los guardias civiles va a provocar que nuevamente un agente entre en prisión por razones absolutamente ajenas a sus funciones profesionales.

El pasado 26 de septiembre,  Luis Miguel recibió la notificación mediante la cual, en un plazo de quince días, deberá ingresar en el penal militar de Alcalá de Henares para cumplir una condena de tres meses y un día y otra de cuatro meses de prisión por unos hechos ocurridos hace ocho años, y que nada tuvieron que ver con su labro profesional.

El motivo de la condena es una discusión entre compañeros, ambos fuera de servicio, y cuyas responsabilidades ya se dirimieron en su momento en el ámbito disciplinario del Cuerpo, con la consecuencia de la pérdida de destino del trabajador.

Sin embargo, parece ser que tan severo castigo no fue suficiente. Ocho años después, la obsoleta y lenta maquinaria de la justicia militar se pone en marcha para privar a este agente de su libertad. Una pena que, a juicio de muchos, es tardía y desproporcionada.

AUGC solicitó el pasado año el indulto al Ministerio de Defensa, suspendiéndose la ejecución de la sentencia hasta que se resolviera dicha petición o transcurriera un año.

Finalmente, y ante la falta de respuesta por parte de Defensa, hoy se ha producido la notificación que llevará en unos días a Luis Miguel a ingresar en prisión.

Para esta asociación, el silencio como respuesta por parte de la ministra de Defensa resulta “oprobioso”, máxime cuando el Partido Socialista Obrero Español,  aprobó en la etapa de Zapatero, un decreto para restringir la aplicación del Código Penal Militar a los guardias civiles  a situaciones muy delimitadas, como misiones militares o estado de guerra, inaplicándose por lo tanto en cuestiones relativas a las funciones policiales y, mucho menos, a la vida personal de los agentes fuera de servicio.

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